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Jubilados: cómo serán las dos posibilidades de la moratoria para quienes no tienen todos los aportes

Mañana el proyecto podría convertirse en ley. Se pagarán cuotas que permitirán acceder a un haber, pero la jubilación se calculará sobre los años efectivamente aportados.

20/12/2022 15:20

Clarín.com Economía Actualizado al 20/12/2022 15:20

El miércoles la Cámara de Diputados debería analizar el proyecto de moratoria previsional, que tiene sanción de Senadores y que contempla dos variantes.

La primera modalidad comprende a las personas con la edad jubilatoria cumplida (60 años las mujeres, 65 los varones), que no tengan o no vayan a tener los 30 años de aportes para iniciar el trámite jubilatorio en los próximos 2 años.

La segunda variante está destinada a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que ya saben que no alcanzarán a completar sus aportes cuando alcancen la edad jubilatoria.

En el primer caso, se les permite regularizar los períodos faltantes hasta el mes de diciembre del año 2008 (inclusive) a través de la aplicación de una modalidad de pago en cuotas que serán descontadas de manera directa del haber jubilatorio que obtengan. La cantidad de cuotas podrá ser de hasta 120, según las condiciones que establezca la reglamentación.

Las cuotas a desembolsar por los meses a regularizar se calcularán de acuerdo a la llamada “Unidad de pago de deuda previsional”, cuyo valor será equivalente al 29% de la base mínima imponible de remuneración vigente a la fecha de la solicitud de la prestación previsional. Actualmente, el 29% equivale a $ 4.896. Se podrán pagar, por ejemplo, una o más unidades por mes, de acuerdo al plan de pagos elegido.

Pero esa cuota que se pagará solo “servirá” para acceder a la jubilación. No incidirá sobre el haber, que se calculará sobre la base de los aportes efectivamente ingresados sin moratoria.

O sea que quien se jubile con la moratoria tendrá un “descuento” de su jubilación porque recibirá solo los años aportados y además tendrá el descuento de la cuota sobre el haber durante los meses o años que dure la moratoria

Por ejemplo, para un trabajador en relación de dependencia con un sueldo bruto promedio actualizado de los últimos 120 meses de $ 180.000 (remuneración imponible promedio del sistema), la jubilación y las cuotas que le deducirán por acceder a la moratoria serían las siguientes:

Con 10 años de aportes y 20 años a regularizar por moratoria anteriores a diciembre de 2008, se jubilaría con el haber mínimo, hoy de $ 50.124 (más el bono de $ 10.000 hasta febrero 2023) Y se le descontarían $ 9.791 en un plan de pagos de 120 cuotas. El haber efectivo seria $ 40.333, casi similar a los $ 40.099 de la PUAM (Prestación Universal al Adulto Mayor), ya que en ambos casos perciben los $ 10.000 del bono. Con 15 años de aportes efectivos y otros 15 años por moratoria, anteriores a diciembre de 2008, se jubilaría con un haber inicial de $ 63.430 (35,2% del sueldo bruto) y se le deducirían $ 9.791 en 90 cuotas o $ 7.344 en 120 cuotas. Durante esos 10 años, la jubilación en mano sería de $ 56.086 equivalente al 31,1% del sueldo. Cómo es la segunda opción de la moratoria La segunda variante está destinada a mujeres mayores de 50 y menores de 60 años y varones mayores de 55 y menores de 65 años que, al tener pocos años de aportes, ya saben que no alcanzarán a completar los 30 años cuando alcancen la edad jubilatoria.

Podrán utilizar este mecanismo quienes acrediten ingresos que permitan justificar el pago de la deuda que surja de la “Unidad de cancelación de aportes” por períodos anteriores al 31 de marzo de 2012. El valor de esa Unidad de cancelación (UCDP) es también el 29% de la base mínima imponible, o sea $ 4.896. Este monto se irá ajustando por la movilidad.

Ejemplos:

Una mujer de 55 años, con 15 años de aportes y un salario bruto promedio de $ 180.000. Tiene dos hijos/as. Tiene 17 años reconocidos, aportaría otros 6 años hasta cumplir los 60 años. Y le faltarían 8 años para completar los 30 años. En caso de que la persona optara por cancelar de a 2 UCDP por mes, debería pagar $ 9.791 durante 48 meses antes cumplir 60 años. Este monto se irá actualizando trimestralmente de acuerdo a la movilidad jubilatoria. En caso de continuar trabajando y mantener el mismo salario bruto promedio, el haber inicial será de $76.930 (42,7%) a valores de diciembre de 2022. Trabajador varón con 58 años de edad, tiene 10 años de aportes, con un salario bruto promedio de $ 180.000. Podría completar 7 años de aportes hasta cumplir los 65 años. Y le faltarían 13 años para alcanzar los 30 años de aportes, cancelables a través de las UCDP. En caso de que la persona optara por cancelar de a 2 UCDP por mes, debería pagar $ 9.791 durante 78 meses antes de cumplir 65 años. Este monto se irá actualizando trimestralmente de acuerdo a la movilidad jubilatoria. En caso de continuar trabajando y mantener el mismo salario bruto promedio, el haber inicial será de $ 68.830 (38,2%) a valores de diciembre de 2022. NE

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