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Decreto ordenó al IPS a pagar pensión al viudo de una pareja igualitaria

Luego de tres años del fallecimiento de su pareja, finalmente podrá empezar a cobrar la pensión que le corresponde. La decisión fue aprobada por decreto 1171 del Gobernador de Misiones, Oscar Herrera Ahuad quien ordenó al Instituto de Previsión Social (IPS) que dicte nueva resolución concediéndole el beneficio de pensión a Darío Víctor García en virtud del fallecimiento de su pareja Hugo Nelson Dos Santos.

El IPS le negó la pensión Luego del fallecimiento de García en el 2018, García solicitó al IPS cobrar la pensión correspondiente. Sin embargo, el pedido fue rechazado por la resolución 2442/19 de la obra social, por considerar insuficientes las pruebas de relación de convivencia durante los cinco años anteriores a la fecha del fallecimiento.

Entre los principales agravantes por los que el IPS rechazó la pensión, se destacó que los domicilios de Dos Santos y García no eran los mismos al momento de la solicitud. No obstante, según la Asesoría Legal “si bien los domicilios del solicitante y del causante no son coincidentes en el DNI al momento del inicio de la solicitud de pensión no significa que no hubiera convivido realmente en el domicilio denunciado, expresando que el recurrente y que el Sr. Dos Santos eran una pareja igualitaria”.

Tampoco las boletas de servicio se encontraban a su nombre, pero “es lógico que así sea cuando éste era el titular dominial del inmueble donde residía la pareja”.

El tercer agravante fue que Dos Santos no figuraba como adherente al IPS. Sin embargo “este es monotributista y trabajador en relación de dependencia y el IPS le exige una certificación de Negativa de ANSeS de la persona a quien se intenta adherir a la Obra Social y siendo que el Señor García está contratado con relación de dependencia, es lógico que no puede ser adherente”.

Apelaron Este año, la Asesoría Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Coordinación General de Gabinete, a través del informe 65/2021, apeló el rechazo a la solicitud de García y revocó la resolución dictada por el Directorio del IPS, ordenando que se le conceda el beneficio de la pensión.

Por medio del decreto 1171, el Gobernador de la Provincia hizo lugar al recurso de apelación de García y le concedió, luego de tres años, la posibilidad de cobrar la pensión que le corresponde.

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