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Por los reajustes de paritarias, los sueldos registrados aumentaron el 4,2% en septiembre

Por los reajustes en las paritarias, en septiembre en promedio los sueldos registrados aumentaron el 4,2% versus una inflación del 2,5%.

Con estos datos, que corresponden al RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables que elabora el Ministerio de Trabajo- Secretaría de Seguridad Social en los primeros 9 meses del año, con el 40,8%, los salarios formales avanzaron más que los precios (37%).

Aunque desde el Gobierno aseguran que este año los salarios aventajarán a la suba de los precios, la clave sigue siendo qué pasará con la inflación en estos meses. Y una de las claves pasa por el congelamiento de un conjunto de precios básicos, unido a la menor devaluación oficial del peso.

En contra juegan los aumentos de los precios internacionales, la disparada de los dólares alternativos y que más del 90% de los precios que releva el INDEC para medir el Índice de Precios están al margen del congelamiento y siguen en alza.

A septiembre el sueldo promedio fue de $ 94.157,71 brutos, según los datos oficiales sobre la base de las declaraciones de las empresas ante la Seguridad Social. Un año atrás, el sueldo promedio era de $ 61.909,95: un alza del 52,1%.

El RIPTE se calcula en base a la remuneración promedio sujeta a aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que perciben los trabajadores bajo relación de dependencia y que fueron declarados en forma continua durante los últimos 13 meses.

La pérdida salarial acumulada de los últimos 3 años (2018-2020) fue de casi el 18%.

En 2018, el RIPTE aumentó el 30,6% y la inflación interanual fue del 47,6%. Una pérdida del 11,5%.En 2019, la suba salarial fue del 44,4% y la inflación del 53,8%. Una pérdida del 6,1%.En 2020, los salarios subieron 34,9% y los precios el 36,1%. Un retroceso del 0,8%.Como índice salarial, el RIPTE se utiliza cada tres meses para fijar la mitad del porcentaje de movilidad de las jubilaciones, pensiones y demás prestaciones sociales (el próximo es en diciembre)  y en el cálculo de las indemnizaciones por accidentes de trabajo.

También para actualizar una vez por año el Mínimo No Imponible del impuesto a las Ganancias y para actualizar una vez por año el “piso” salarial de $ 175.000 bruto de Ganancias para quedar exento del pago de ese impuesto.

SN

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